¿Hay que declarar los regalos de boda?

Hacienda tampoco se quiere perder tu gran día.

La boda te cuesta un pastón, ya sabes que no vas a recuperar toda la inversión con los regalos y, encima, te ataca una duda: ¿tengo que declarar los regalos? La respuesta corta es sí. Y malas noticias: no solo nos referimos a regalos monetarios (transferencias o sobre con dinero en metálico), también a la vajilla que te regala tu tía abuela del pueblo. 

Vale, estás hiperventilando. Con esto no contabas. ¡Calma! No todo van a ser malas noticias. Spoiler alert: nuestra experiencia y la de todas las amiguis novias que nos han contado la suya es que Hacienda hace la vista gorda, que pasa de las bodas. No sabemos si porque en España es tradición regalar dinero a los novios y nadie quiere ir contra las tradiciones o porque los señores de Hacienda temen las represalias de las amiguis novias como ya se les ponga un obstáculo más en la organización de su boda. 

Tú al descubrir que Hacienda puede reclamarte parte de los regalos de boda

El caso, que antes de nada, aclarar que en Novia 101 no somos asesoras fiscales, ni inspectoras de Hacienda ni expertas en leyes, pero nos hemos documentado, hemos hablado con profesionales y tenemos mucha experiencia. 

Te contamos la teoría y al final del todo tienes la práctica. 

Vamos a diferenciar 4 tipos de regalos: en efectivo, transferencias bancarias, Bizums y en especie. 

1. Regalos en metálico

Aquí incluimos los famosos sobres que siempre hacen aparición estelar en la boda aunque hayas puesto el número de cuenta en la invitación o los ingresos en efectivo en cuenta, habitual sobre todo entre invitados de mayor edad. 

Según la Ley de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se debe declarar y se pagará según cuantía, parentesco entre donante y donatario, comunidad autónoma donde se declare… ¿Te suena lo de que no se paga lo mismo al recibir una herencia si estás en Madrid, en Asturias o en Murcia? Pues lo mismo para los regalos de boda, que serían donaciones. 

De hecho, el banco está obligado a informar a la Agencia Tributaria si la cuantía es superior a 3.000 euros así como si el ingreso se ha hecho en billetes de 500 (independientemente del importe), así que cuidado si después de la boda te vas con tus sobres al banco porque es más complicado de justificar.

2. Transferencias bancarias

Al igual que en el anterior caso, el banco debe informar en 2 supuestos principales: si la cantidad es superior a 10.000 euros o si en el caso de cantidades más pequeñas ve algo sospechoso. 

Al ser tradición en España este tipo de regalos, la mayor parte de transferencias seguramente indique que es un regalo de boda y sean bastante inferiores a 10.000 euros (salvo que tengas la suerte de tener muchos amigos y familiares muuuuuuuy espléndidos), lo que en la práctica sabemos que suele eximir de que te visite un inspector de Hacienda.

Atención: que el banco deba comunicar estos ingresos en metálico o transferencias no significa que Hacienda venga corriendo a preguntar, solo que está informado. Eso sí, Hacienda se lo puede tomar con calma y preguntar hasta 4 años después de la operación. 

3. Bizum

Las modernidades bancarias también han llegado a las bodas y son muchas las parejas que piensan en Bizum como una buena opción para recibir los regalos. 

¡OJO! Aunque cada banco puede poner sus propias reglas, lo habitual es que el importe máximo a recibir en un Bizum sea de 1.000 euros y no puedes recibir más de 2.000 al día ni más de 60 Bizums en un mes. Esto limita bastante y te puedes topar con invitados que no son capaces de hacerte el regalo y se vuelvan locos o terminen por no hacer regalo. 

Os contamos esta opción, pero por razones obvias, no la recomendamos. 

4. Regalos en especie

No queréis batidoras, ni vajillas ni sofás ni nada material, pero, ay, querida, los caminos de los invitados son inescrutables y ya te decimos que te vas a topar con algún regalo que no pediste.

Por cierto, recomendación de experta: ten una mini-lista de bodas para estos casos porque raro sería que no recibas absolutamente nada de regalo material de invitados que acuden al enlace o de los que finalmente se caen. Uno de los sitios más cómodos para hacer la lista de bodas es Amazon porque tienes absolutamente de todo, todo se puede cambiar, es completamente gratuita (cosa rara) y te haces la lista desde la comodidad del sofá de tu hogar. 

Si no haces una minilista de bodas, te arriesgas a esto

Volviendo a lo que nos ocupa, sí, de nuevo hay que declararlo. Por supuesto, no es lo mismo que te regalen una batidora que un coche. La declaración dependerá de lo que te contamos antes de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (quién te lo regala, cuánto importe es, dónde lo declaras…). 

En definitiva, después de toda esta explicación a lo Ally McBeal: sí, todos los regalos con la ley en la mano deben declararse. ¿Lo hacen las parejas? La inmensa mayoría no y no pasa nada, principalmente porque las cuantías de los regalos individuales no levantan sospechas, se sabe claramente que son regalos de boda y es tradición en España que sea así y la Agencia Tributaria pasa un poco de todo esto. 

Y ya para finalizar: ¿cuál es la mejor forma de recibir regalos según nuestra experiencia y conocimiento? La transferencia bancaria, sin duda. 

Queda registrada y se pueden dar explicaciones si Hacienda las pidiese. Además, no andas con dinero en efectivo por el mundo que te pueden robar o que te puede buscar un disgusto porque Hacienda sí que persigue movimientos en metálico y los billetes de 500 que no tienen mucha explicación (y tú no vas a poder darla de quién te lo ha dado). 

Así que si queréis que el regalo sea dinero, lo mejor que podéis hacer es indicarlo en la invitación. 

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